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La narcoabogada de Santa Elena recuperó la libertad

La joven de 28 años, quien supo trabajar en la Municipalidad de Santa Elena como asesora del área de Mujeres, Género y Diversidad, había sido detenida en un megaoperativo que se realizó el sábado 15 de junio de este año, en la localidad del norte entrerriano, en el departamento La Paz. En su poder tenía más de un kilo de cocaína de alta pureza -equivalente a unas 4.500 dosis- y más de seis millones de pesos. Sumas importantes de dinero también fueron encontradas en otros domicilios allanados, donde fueron aprehendidas varias personas.

El caso tuvo una fuerte repercusión provincial y nacional. De hecho, el operativo fue destacado por el ministro de Seguridad de Entre Ríos, Néstor Roncaglia; y por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, quien lo calificó como «un golpe tremendo al negocio del narcotráfico». A nivel local, el municipio que gobierna Domingo Daniel Rossi emitió un comunicado afirmando que Schnitman «no es funcionaria municipal, no es de planta permanente, ni tampoco contratada municipal».

Decisión favorable para la acusada

Schnitman estuvo detenida hasta el 17 de julio en la Jefatura de Policía del Departamento La Paz junto con su madre, Lourdes Ramírez, conocida como «La Paraguaya. Luego, el juez de Garantías le aplicó la prisión domiciliaria para ambas. Esa medida fue renovada por el magistrado por entender que podría provocar un «influjo perturbador» en eventuales testigos del caso. La decisión fue cuestionada por la abogada, quien apeló la decisión ante el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Mauricio Mayer.

El viernes 20 se desarrolló la audiencia de apelación en los Tribunales de Paraná. UNO presenció la audiencia en la que el abogado defensor Alejandro Felipuzzi solicitó la revocación de la prisión domiciliaria y atacó la decisión del juez de La Paz, considerando que no se fundamentó de qué modo se perturbaría a testigos que aún no están individualizados en el expediente.

El fiscal de La Paz, Facundo Barbosa, se conectó de manera virtual y pidió al juez que rechace la petición. Fundó su postura en que el Gabinete Informático del Ministerio Público Fiscal se encuentra analizando una docena de teléfonos que fueron secuestrados, entre los que está el de la abogada, y que una vez se tengan los informes se podrán identificar a posibles testigos o cómplices.

Sin embargo, los esfuerzos del acusador no fueron suficientes y el juez Mayer revocó la prisión domiciliaria y reemplazo esa medida por las mismas reglas de conducta impuestas a los otros cinco imputados del expediente.

Otro novedad que se conoció en la audiencia es que la joven letrada podrá continuar trabajando. Y es que el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), que preside María Marta Simón, no le impuso ninguna suspensión.

Posturas sobre la situación de la joven

El abogado Alejandro Felipuzzi cuestionó el «presunto influjo perturbador en los testigos» a la que se refirió el juez de Garantías de La Paz al prorrogar la prisión domiciliaria. «Este no es un presupuesto para mantener la medida cautelar que en este acto se impugna. Esta causa reconoce la detención de siete personas, de las cuales ya fueron liberadas cinco. No hay ninguna prueba de que producto de la liberación de esas cinco personas en la localidad de Santa Elena haya habido un influjo perturbador como ineficazmente ha dicho el juez de Garantías». Enseguida, señaló que su defendida necesita «volver a ejercer su profesión».

«A mi clienta le asiste el principio de inocencia. Ya ha estado 90 días privada de la libertad. No se puede prorrogar la prisión preventiva solamente por la inactividad de la acusación. Las desgrabaciones de las escuchas telefónicas que se obtuvieron de mi asistida estuvieron desde el inicio en manos del señor agente fiscal. El decisorio que se impugna es arbitrario porque no se encuentran razonados desde los hechos», completó, según registró UNO.

Por su parte, el fiscal Barbosa planteó que la resolución del juez Carballo estaba debidamente fundada en razón al posible interferencia en la declaración de testigos. Y añadió que sigue a la espera de informes sobre la pericia de los celulares que permitirá individualizar más personas que puedan aportar datos a la investigación. «La prolongación de estos plazos se haya plenamente justificada en las características de investigación. No sólo investigación relativa a la comisión de uso delictivo que involucra a un número considerable de personas, sino también a la necesidad de analizar evidencia digital por el secuestro de más de 10 dispositivos de telefonía celular».

Enseguida, recordó que antes de la prórroga de la prisión preventiva propuso otra medida cautelar contra Schnitman: que continúe con restricciones pero fijando domicilio fuera de Santa Elena para «preservar la investigación de un entorpecimiento». No obstante, esta posibilidad fue desestimada por la defensa ya que la acusada desarrolla su tarea profesional en la localidad en la que vive.

«Lo cierto es que los hallazgos en los domicilios de Aixa Maillén Schnitman y la señora Lourdes Ramírez, sumado al contenido de las intervenciones telefónicas, otorgan a ellas precisamente un rol preponderante en la organización de la actividad delictiva. Es decir, en ninguno de los otros domicilios se encontró más de un kilo de cocaína de alta pureza y 6.100.000 pesos; o en el caso de el domicilio de Ramírez, 280 gramos de cocaína, o 280.000 pesos. El tratamiento no es arbitrario, sino que se funda precisamente en los elementos que hasta el momento han sido recolectados y en función de esa recolección del rol que cabe a cada una de las personas que han sido imputadas por esta actividad delictiva que se investiga», concluyó.

Al resolver, el juez Mayer explicó que el prisma para abordar la decisión deben ser «los antecedentes entrerrianos, los de la Corte Suprema de Justicia y los tratados y sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos». Bajo esa perspectiva, entendió que la joven abogada debe continuar sujeta a la investigación en los mismo términos que cumplen los demás acusados.

«Las reglas de conducta consisten en la constitución del domicilio, presentarse en la Comisaría de la jurisdicción una vez por semana, la prohibición de todo tipo de contacto con testigos que puedan ser identificados o a identificarse, y la prohibición de realización de cualquier tipo de acto que implique un entorpecimiento de la investigación», concluyó.

Fuente: UNO Entre Ríos

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