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Un femicidio ¿evitable?, un femicida con pena condicional y los descargos de la Justicia

El femicida, Diego José Albornoz, 48, anunció lo que haría y lo hizo: mató de varias puñaladas a Soledad Andino, 41, su expareja. La mató sorprendiéndola de madrugada en la habitación de su casa. Intentó primero en otro lugar, un evento al que Soledad había concurrido pero allí no le permitieron ingresar. La esperó a que volviera: a sangre fría y con premeditación la mató, y acto seguido llamó a su actual pareja para contarle lo que había hecho.

Dos semanas antes, el martes 6, el juez Luis Francisco Marquez Chada había rubricado un acuerdo de juicio abreviado que le habían presentado la fiscal Flavia Villanueva y la defensora oficial Natalia Smaldone: lo habían sentado en el banquillo a Albornoz por los delitos de “lesiones leves agravadas, daños, amenazas simples reiteradas, desobediencia judicial reiterada, violación de domicilio y privación ilegítima de la libertad”, todos hechos denunciados por Solead Andino.

Fueron cinco hechos. El primero ocurrió el 23 de noviembre de 2024, cerca de las 19 en la heladería Helados Victoria, donde Albornoz y Soledad trabajaban. Le pide que le muestre el celular, ella se lo niega, él le muerde el brazo después de forcejear y arrebatarle el teléfono. Fue por celos, contó Soledad. Le exigió que volviera a la casa “y que se quedara ahí, porque si no le iba a prender fuego con los que estuvieran dentro”.

Soledad denunció ante el Juzgado de Familia y entonces a Albornoz se le impuso la medida cautelar de “prohibición de acercamiento respecto de Andino, en virtud de lo cual aquél no podía acercarse a ella, a su vivienda, lugar de trabajo y/o de concurrencia habitual, como así también prohibición de intentar todo tipo de contacto por cualquier medio con la nombrada a una distancia menor a 200 metros, por el plazo de 15 días”. No hizo caso: el 26 de noviembre “desobedeció la orden judicial”: interceptó a Soldad en la calle y empezó una persecución, y solo cesó con ese acoso cuando advirtió la presencial policial.

El tercer hecho mostró de qué modo las medidas de prohibición de acercamiento se incumplen: el 16 de diciembre realizó una videollamada hacia el perfil de Instagram de Soledad Andino; el 18 de diciembre le envió mensajes por Messenger. Y siguió.

Entonces le impusieron una restricción por 90 días, bajo apercibimiento de imponérsele medidas más severas en caso de incumplimiento. Ocurrió lo esperable: desobedeció las medidas. El 28 de diciembre, cerca de las 6 de la mañana, Albornoz se hizo presente en la casa de Soledad Andino. Le exigió que retirase las denuncias judiciales y como la respuesta fue negativa, “la arrojó a la cama y procedió a atarle las muñecas con unos cordones contra el espaldar de la cama, manifestándole que la mataría a ella y que luego se mataría él”. La desató pero la retuvo hasta las 11,30, cuando ella debía concurrir a trabajar.

El último hecho ocurrió el 30 de diciembre de 2024, cerca de las 2,45: Albornoz se subió a la moto en la que se conducía Andino y la obligó a ir hasta su vivienda y allí la volvió a reprender y a exigir que retirase las denuncias judiciales. La obligó a ingresar pero ella pudo dar aviso a una amiga, y ésta dio aviso a la policía. Cuando escuchó la sirena del patrullero, Albornoz se escondió debajo de una mano: el ardid no funcionó.

Todos esos hechos fueron cometidos en un contexto de violencia de género, señala el acuerdo de juicio abreviado.

Le aplicaron una pena de dos años y seis meses de prisión de cumplimiento en suspenso. O sea: quedó en libertad.

Las voces de la Justicia

 

La Asamblea Transfeminista de Victoria lamentó el femicidio, pero advirtió que Albornoz no es el único responsable del hecho y al respecto planteó que “que no podría haber concretado el femicidio sin la convivencia y el `mirar para otro lado` de la Justicia”. El colectivo fustigó a la fiscal Flavia Villanueva por cuanto, aseveró, “una vez más dejó pasar las múltiples denuncias y permitió que esto pasara”. Pidieron la renuncia de la funcionaria judicial.

Mientras, los fiscales Eduardo Guaita, Iván Yedro, Flavia Villanueva y Jorge Gamal Taleb se expresaron respecto de su desempeño en las causas que involucraron a la víctima.

“Ante el triste suceso de público conocimiento, queremos informar a la opinión pública en general y a la comunidad de Victoria en particular, que en el día de la fecha la Fiscalía se abocó a la investigación del femicidio de Soledad Andino y dispuso la detención de Diego Albornoz”.

Albornoz, cabe destacar, intentó suicidarse luego del femicidio y está internado en el Hospital San Martín, de Paranà.

“La medida fue dispuesta por entender que es el autor del crimen ante la contundencia de las pruebas recabadas, tales como su presencia en la vivienda de la víctima con rastros de sangre, fotografías, comunicaciones por Whatsapp, secuestro del arma homicida y declaración de su actual pareja”, detalló Fiscalía. “La evidencia fue obtenida en el lugar del hecho con la colaboración del personal de la policía científica”, agregaron.

Y señalaron que frente “a informaciones que se han difundido, consideramos necesario aclarar que no es exacta la afirmación de que a Diego Albornoz se le había otorgado una suspensión del juicio a prueba o probation por denuncias efectuadas por la víctima y que las mismas hayan quedado por lo tanto impunes”.

“Por el contrario -añadieron los fiscales-, Diego Albornoz el día 6 de mayo de 2025 fue condenado por el juez Márquez Chada a la pena de dos años y seis meses de prisión por los delitos de desobediencia judicial, amenazas, lesiones leves, daños y privación de la libertad, en contexto de violencia de género. La condena fue dictada en el marco de un proceso de juicio abreviado, llevado a cabo con el conocimiento y consentimiento de la víctima”.

Las denuncias, detalló el Ministerio Público Fiscal, “fueron formuladas por Soledad en noviembre y diciembre de 2024, por lo que Albornoz fue condenado seis meses después de formulada la primera denuncia. Ahora bien, dado que se trataba de su primera condena y que él no tenía antecedentes penales, la pena de prisión fue de ejecución condicional, imponiéndosele medidas de protección en favor de la víctima; como entrega de botón antipánico y prohibición de todo tipo de contacto, más reglas de conductas, habiendo intervenido además de la Fiscalía, el Juzgado de Familia y sus equipos técnicos y de salud mental”.

“En el marco de nuestras competencias funcionales, actuamos comprometidos de manera categórica con el deber de investigar de forma diligente para evitar la impunidad y garantizar el acceso a la justicia, y el derecho a la verdad de la víctima y sus familiares”, subrayaron.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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