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Abusos en Oro Verde: definen tribunal para el juicio

Finalmente, este martes, a las 9,30, en se hará la audiencia para definir qué tribunal lleva adelante el juicio contra los 11 imputados por los graves abusos ocurridos en Oro Verde, de los cuales fueron víctimas cuatro hermanos, proceso que debió empezar el 3 del actual. El comienzo de las audiencias de debate fue aplazado por dos razones: un pedido de probation para una mujer que llegó acusada al juicio oral, planteo que fue rechazado por el tribunal que conformaban María Carolina Castagno, Rafael Martín Cotorruelo y Alejandro Joel Cánepa.

El defensor que sufrió el reves del tribunal,  Guillermo Mulet, se disconformó con la decisión de los jueces, y los recusó. Entonces, se conformó un segundo tribunal para analizar la recusación, integrado por Alejandro Grippo, Gervasio Pablo Labriolla y Elvio Osir Garzón. Otra vez, Mulet recusó a dos de los tres. El argumento fue que habían intervenido en etapas previas del proceso. Un tercer tribunal, del que tomaron parte Garzón, más Darío Crespo, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, y la jueza de Garantías Carola Bacaluzzo, aceptó las recusaciones.

Ahora, esos tres jueces -Garzón, Bacaluzzo y Crespo- deberá analizar el primer planteo recusatorio, contra Castagno, Cotorruelo y Cánepa. Esa cuestión va a ser tratada este martes, a las 9,30. Después de ese trámite, y con la resolución que dicten los magistrados, quedará finalmente constituido el tribunal que llevará adelante el juicio por los abusos en Oro Verde.

Los hechos se sucedieron así.

El viernes 30 de septiembre, el abogado Guillermo Mulet, defensor de una de las mujeres acusadas, recusó a todo el tribunal. La piedra de toque fue una resolución que adoptaron los magistrados a un pedido de Mulet: el defensor solicitó una probation para su defendida, y que se cambie la calificación del delito que se le imputa, de abuso sexual simple reiterado a abuso sexual simple agravado.

El tribunal rechazó el pedido de probation, porque consideraron que no se debía bajar la calificación del hecho. Mulet entendió que el Tribunal no puede rechazarlo, porque la Fiscalía consintió la petición; cuestionó que los jueces se metieron en la función de la acusación pública, que no les corresponde.

Además, sostuvo que el Tribunal, en su respuesta, ya adelantó su valoración sobre los hechos respecto de esa mujer, lo que no puede hacer si todavía no empezó el juicio. Entonces, presentó una recusación a los tres magistrados.

Ese planteo recusatorio estaba previsto que se analizara en una audiencia convocada para este martes, a las 8, ante los jueces Alejandro Grippo, Gervasio Labriola y Elvio Garzón. Pero el trámite duró apenas 5 minutos: Mulet volvió a plantear una recusación a dos de los tres magistrados del nuevo tribunal: Grippo y Labriola, que fueron quienes en 2019 ya habían intervenido en la resolución de confirmación de la elevación de la causa a juicio.

Ahora, un nuevo tribunal, sin Grippo ni Labriola, deberá analizar y resolver sobre todas las recusaciones y, además, definir al tribunal que finalmente llevará adelante el juicio.

En el ínterin, el defensor también recurrió a Casación por el rechazo a la probation. Pero ese punto no podrá ser resuelto antes de que quede definido qué tribunal intervendrá en el juicio.

En el juego de la oca en que se convirtió este caso, el tribunal original que debía llevar adelante el juicio y que fue recusado, ya produjo un informe y rechazó las recusaciones. Ese informe fue elevado al tribunal que debía tratarlo hoy en audiencia en la que hubo un nuevo planteo recusatorio.

Originalmente, el juicio se pautó para desarrollarse los días 3, 4, 5, 6 y 11 de este mes. Pero ese esquema ya quedó superado por los acontecimientos. Lo que seguirá es la constitución de un nuevo tribunal y un nuevo cronograma del juicio.

Los hechos y las imputaciones

 

S., M. J.:  Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, tercero y quinto) en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por el vínculo y por el número de personas, reiterados (hechos segundo y cuarto) y en concurso real con promoción de la prostitución de menores doblemente agravada por el vínculo y por la edad de la víctima (hecho primero) – arts. 125, 126 inc. 2º y último párrafo,  119 3er y 4to párrafo incs. b) y d), 54 y 55 del C.Penal.

S., L.L.: Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada  (hechos primero, tercero y quinto) en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por el vínculo y por  el número de personas, reiterados (hechos segundo y cuarto) – arts. 125, 119 3er y 4to párrafo incs. b) y d), 54 y 55 del C. Penal.

W. F., M.R.: Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero y tercero) en concurso ideal con abuso abuso sexual simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal reiterado (hecho segundo) -arts. 125, 119 incs. 1º y 3º,  54 y 55 del C. Penal.

S., J.P.: Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, tercero y cuarto) en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por el vínculo y por el número de personas  (hecho segundo) -arts.125, 119, 3er y 4to párrafo incs. b) y d), 54 y 55 del C. Penal.

C, D.A.: Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, tercero y quinto) en concurso ideal con  abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado por el vínculo y por  el número de personas, reiterado (hechos segundo y cuarto) -arts. 125, 119 3er y 4to párrafo incs. b) y d), 54 y 55 del C. Penal.

S., G.: Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo, reiterada (hechos primero, tercero y cuarto) en concurso ideal con  abuso sexual con acceso carnal – arts. 125, 119 3º párrafo, 54 y 55 del C. Penal.

A., N.Y.: Promoción de la corrupción de menores triplemente agravada por la edad de la víctima, por el medio de comisión y por el vínculo en concurso ideal con abuso sexual gravemente ultrajante,  reiterado -arts. 125, 119 parrafo  2º,  54 y 55  del C. Penal-

S., G.;  A., M.R. y L., A.M.: Abuso sexual simple reiterado -arts. 119 párrafo 1º y 55  del C. Penal.

G., A.I.: Promoción de la corrupción de menores  agravada por la edad de la víctima, el medio de comisión y por el vínculo en concurso ideal con abuso sexual simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal y en concurso real con promoción de la prostitución de menores doblemente agravada por el vínculo y por la edad de la víctima -arts. 125, 119, 1º y 3º párrafos, 126 inc. 2º y último párrafo, 48, 54 y 55 del C. Penal.

PUBLICO: ENTRE RIOS AHORA.COM

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