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Un crudo informe sobre condiciones de detención en comisarías y alcaldías

La Red de Organismos de Derechos Humanos de Entre Ríos (Rodher) presentó el informe sobre “Condiciones de detención en comisarías y alcaidías de Entre Ríos”, un profundo relevamiento hecho con el apoyo de la Asociación Civil Madres de Plaza de Mayo Gualeguaychú, seleccionado en la convocatoria realizada por el Comité Nacional de Prevención de la Tortura para fortalecer el Sistema Nacional de Prevención de la Tortura.

 

El proyecto tuvo como una de sus principales motivaciones desarrollar de diagnóstico al respecto sobre el territorio provincial y el impulso de un sistema coordinado de control de lugares de encierro que fortalezca las funciones estatales vinculadas a la defensa y garantía de los derechos de las personas privadas de su libertad, dice el informe.  “Se trata de contribuir al resguardo de los derechos humanos de la población que es detenida por delitos, contravenciones o averiguación de antecedentes, permaneciendo alojadas en jefaturas departamentales, comisarías o alcaidías de nuestra provincia”, agrega.

 

A modo de conclusión, el relevamiento, que se presentó este jueves 1° en el Salón Amanda Mayor de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader), señala: “El trabajo de inspecciones y observación realizado sobre las 14 comisarías y alcaidías ha permitido visualizar situaciones problemáticas cotidianas vinculadas a las condiciones de encierro de personas privadas de la libertad (PPL) en la provincia de Entre Ríos, República Argentina a mediados de 2022. Pero, sobre todo, creemos que sirve para alertar una vez más –pero de forma aún más direccionada– sobre las indelegables responsabilidades del Estado en materia de Derechos Humanos. El resultado de este informe es necesariamente un llamado de atención a las autoridades públicas, pero también a la sociedad en general. La garantía y vigencia de los derechos humanos en general y en los ámbitos de encierro en particular, como bien sabemos por la experiencia histórica, no se salda ni cercanamente con la mera sanción de leyes o normativas, ni con la disposición de reglamentos y protocolos, sino que depende de la acción del Estado promoviendo de forma constante las condiciones necesarias para su realización y vigilando y evaluando de forma permanente su efectividad”.

Aunque ello requiere “de marcos normativos claros, pero sobre todo lisa y llanamente, de inversión pública coherente, suficiente y constante para proporcionar establecimientos con estructura, organización y prestaciones compatibles con la dignidad humana Por si fuera necesario, vale aclarar que la dignidad humana no es una entelequia meramente abstracta sino la referencia de una síntesis, siempre contingente, de la concreción de un conjunto de condiciones y atributos materiales, sociales, psicológicos, legales, sanitarios, educativos, de comunicación, de higiene, etc; definidos socialmente como fundamentales para la vida de todas las personas”.

Señala que sólo “tres de las ocho localidades visitadas cuentan con Defensorías Penales exclusivas (Gualeguaychú, Paraná y Concordia, en este último caso, defensores penales que al mismo tiempo son defensores pupilares). En el resto de las localidades (Villaguay, Colón, San Salvador, Victoria y Diamante) hay Defensorías Multifueros”.

 

“Un punto a resaltar –apunta- es la clara diferencia de infraestructura que existe entre la Alcaidía de Paraná y las otras departamentales constatadas, quizás debido a que esta depende presupuestariamente del Superior Tribunal de Justicia. Por otro lado, al estar dentro del mismo edificio al cual ingresa funcionariado del Ministerio Público de la Defensa, lo cual genera un control habitual sobre las condiciones de detención. De las demás visitas realizadas no surge lo mismo. Por ejemplo en Victoria donde, a pesar de que la Defensoría se encuentra en el piso superior del mismo edificio, las celdas no contaban con luz eléctrica en funcionamiento al momento de la visita”.

Y en cuanto a “los dispositivos o protocolos de cuidado y actuación ante situaciones de riesgo colectivo como puede ser un incendio, de las conversaciones con autoridades a cargo no surge la existencia de medidas y protocolos claros y estandarizados en ninguna de las dependencias visitadas. Otro aspecto necesario y que evidencia la improvisación, según los responsables en cada ciudad, es la articulación con efectores de salud. Muchas cuestiones mencionadas en el discurso de la institución como, por ejemplo, el poco tiempo que residirían las PPL en las celdas, la necesidad de autorización de parte de la fiscalía para tomar ciertas decisiones o ciertos resguardos supuestamente vinculados a la integridad física, desembocan en una aletargada (y a veces nula) atención médica frente a malestares agudos o enfermedades crónicas. Por ejemplo, uno de los detenidos indicó que interrumpió su medicación contra el VIH porque lo tenía en la casa y no lo habían llevado al hospital”.

“Otra cuestión que llama la atención es que las reglas de detención trascienden las condiciones climatológicas. En todos los sitios visitados, las mantas se entregan de noche (también los colchones) incluso en invierno. Mientras, se guardan en pésimas condiciones de limpieza. Se padece muchísimo frío en invierno y calor en verano”, se lee en el informe de Rodher. Y apunta un dato “inquietante” sobre las falencias edilicias: sobre ese punto, “las respuestas de los agentes o las autoridades de las comisarías se fundamentaban, siempre y en términos similares, en el cuidado de los propios internos: la falta de luz en los calabozos se explicaba así por el riesgo que implica la electricidad para las personas privadas de su libertad; la ausencia de utensilios para comer, en función de evitar lesiones; la entrega de frazadas limitada y sólo a la noche por el peligro que conlleva para eventuales ahorcamientos; los incompletos cerramientos de ventanas para evitar roturas y posibles autolesiones, también las pésimas condiciones sanitarias, etc”.

 

 


PUBLICO: Entre Ríos Ahora

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