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La Corte Suprema de Justicia deberá resolver las demandas por el “Tapón de Alonso”

La Corte Suprema de Justicia deberá resolver las demandas por el “Tapón de Alonso”

Lo dictaminó la Procuración General de la Nación respecto a las demandas presentadas por la Provincia y por Río Negro para que se cierre el terraplén en bañado Curacó y así evitar que la  salinidad del río Colorado.

La disputa interprovincial tuvo un nuevo capítulo luego de que la Procuración General de la Nación dictaminara que la Corte Suprema de Justicia deberá intervenir para resolver las demandas presentadas por las provincias de Buenos Aires y Río Negro contra La Pampa para que cierre el denominado “Tapón de Alonso” (terraplén en bañado Curacó) y evitar así que la salinidad del río Curacó llegue a contaminar el Colorado.

En las actuaciones, firmadas el 5 de septiembre pasado por la procuradora, Laura Monti, se determina que “el pleito que se suscita” debe ser definido por el máximo tribunal del país por tratarse de un conflicto entre provincias.

En principio se analizó la demanda del gobierno bonaerense que pide que La Pampa “proceda al cierre del bañado Curacó, conocido como ‘Tapón de Alonso’, para evitar la contaminación ambiental del río Colorado y el perjuicio grave e irreparable de los habitantes de la provincia de Buenos Aires que aprovechan dicho recurso interjurisdiccional”.

Según el expediente, Buenos Aires sostuvo que “La Pampa, al derivar caudales con alta salinidad no autorizados al río Colorado, viola los principios de debida diligencia, buena fe” al incumplir con el “Acta acuerdo” entre Buenos Aires, Río Negro y La Pampa, por la que se acordaron las descargas de los ríos Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó en el río Colorado , firmada el 28 de junio de 1985, “y los compromisos asumidos en consecuencia”.

Además, advirtió que el accionar de La Pampa “afecta también los derechos a vivir en un ambiente sano y equilibrado y acceder al agua potable de los consumidores y productores agrícolas de la región, puesto que producirá indefectiblemente la llegada de aguas con una elevada salinidad al río Colorado, alterando la calidad del agua del río y produciendo su contaminación”.

En la parte resolutiva, la Procuración General manifestó que la cuestión es competencia de la Corte Suprema ya que se trata de un conflicto entre provincias y aplicó el mismo principio para resolver que el máximo tribunal del país debe intervenir sobre el planteo de la provincia de Río Negro.

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