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Implementan el registro nacional de desfibriladores para prevenir muerte súbita en espacios públicos

El Ministerio de Salud implementó hoy el Registro Nacional de Desfibriladores Externos Automáticos (ReNaDEAs) que permitirá instalar estos equipos en espacios públicos y privados de acceso público para la prevención integral de eventos por muerte súbita.

Por medio de la Resolución 1827/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial y firmada por la ministra de Salud Carla Vizzotti, se formalizó la creación del ReNaDEAs, que funcionará en el ámbito del Programa Nacional de Prevención de las Enfermedades Cardiovasculares.

Entre los fundamentos, se destacó que la Ley 27.159 de Prevención de Muerte Súbita busca reducir “la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular y, paralelamente, desarrollar un sistema de información y estadística de la morbimortalidad súbita y sus riesgos a nivel federal”.

La normativa regula un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita y establece la obligación para los espacios públicos y privados de acceso público, como establecimientos deportivos y culturales, centros religiosos, casinos, bancos y lugares de trabajo con más de 1.000 empleados, de instalar Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) así como la capacitación para su uso.

En ese marco, el ReNaDEAs propone “la promoción de espacios cardio-asistidos” que estarán a cargo de usuarios que deberán realizar “acciones de concientización, comunicación y encontrarse capacitados sobre prácticas de resucitación cardiopulmonar”.

Entre los objetivos del Registro, está determinar la locación exacta de los dispositivos a nivel federal; controlar el correcto mantenimiento de los dispositivos; la acreditación de los Espacios Cardio-asistidos y el posterior desarrollo de App “miDEA” para la localización de los dispositivos de la ciudad en la que se vive o circula.

Todos los espacios públicos y privados de acceso público alcanzados por la ley se encuentran obligados a solicitar un usuario para la registración de los Desfibriladores Externos Automáticos en el plazo de un año a partir de hoy.

En el sitio web oficial del Ministerio de Salud se publicarán los requisitos necesarios para la solicitud del usuario y la confirmación de la creación del usuario otorgará al sujeto obligado el carácter de “pretenso espacio cardio-asistido”.

La resolución agregó que la cartera sanitaria o quien esta designe, capacitará a las personas que certifiquen a los espacios cardio-asistidos, dándole a las mismas el carácter de “instructoras habilitantes”. (Télam)

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