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Nuevas habilitaciones que dispuso el gobierno provincial en Entre Rios

El fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, aclaró cuáles son las medidas que se adoptaron en el marco del decreto que, entre otros puntos, habilita la apertura de comedores hasta las 00 horas en todo el territorio.

Circulación y reuniones

La restricción de circulación nocturna de personas se mantendrá entre las 00 y las 06, con una tolerancia de 30 minutos. Quedan exceptuadas de esta medida las personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales.

Además, continuarán suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares. Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre podrán ser de hasta 10 personas, publicó Ahora.

Bares y restaurantes

La actividad gastronómica (restaurantes, bares, etc.) podrá funcionar entre las 06 y las 00, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reducirá a un máximo del 30% del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

Deportes

Se permitirá el entrenamiento, la práctica y las competencia deportivas en clubes y espacios afines, con un tope máximo de quince (15) personas en espacios cerrados y de treinta (30) en espacios abiertos, a excepción de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de número de competidores superior.El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de gimnasios se reducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

La actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23, sin la presencia de público espectador.

Cultura

Por otra parte, se permitirá la realización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados, y de 30 de personas en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.

El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines que cuenten con expendio de comidas y bebidas se reducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada. En caso de que la sala no cuente con expendio de comida y bebida, el aforo será del 50 por ciento.

Asimismo, las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 6 y 23.

Cultos

Las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial podrán desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22. Serán habilitadas con un aforo del 50% en relación a la capacidad máxima habilitada.

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